Gobierno de Chile considera declarar el 31 de octubre como Día de la Iglesia Protestante
Una moción para ser considerada por la Cámara de Diputados busca reconocer a la Iglesia Evangelica de Chile el día que se conmemora la publicación de las 95 Tesis de Lutero.
Listo para ser visto en la Cámara de Diputados está el proyecto de ley que quiere declarar el 31 de octubre como el Día de la Iglesia Evangélica.
La moción fue aprobada en general y particular por la unanimidad de los integrantes de la comisión especial de la Cultura y de las Artes.
Según el Censo de 2002, el 15,1% de la población chilena mayor de 14 años se declaró evangélica y, según los autores de la iniciativa, otorgar este beneficio a dicho grupo permitirá a la sociedad chilena en su conjunto reconocer el esfuerzo y el trabajo y toda la entrega que ese pueblo aporta a la sociedad chilena.
El 31 de octubre de 1517 fue el día en que el monje agustino Martín Lutero clavó en la puerta de la iglesia de Wittenberg sus 95 tesis, acto que se considera el inicio de la Reforma Protestante.
En las 95 tesis, Lutero atacó las desviaciones de la religión católica, principalmente la venta de indulgencias.
También en tal documento se plasmó lo que se convertiría en el centro de la predicación evangélica: la salvación del hombre sólo por fe y no por obras.
A la reunión de análisis del proyecto en Valparaíso, concurrió un grupo importante de pastores evangélicos para exponer sus puntos de vista sobre la materia.
Entre éstos, se encontraba el obispo Emiliano Soto, presidente de la mesa ampliada de la Iglesia Evangélica de Chile, y la capellana de esta congregación religiosa en La Moneda, Juana Albornoz.
La iniciativa tiene a la diputada DC Carolina Goic como una de sus patrocinantes, junto con los parlamentarios Pedro Araya, Jaime Mulet, Carlos Olivares y Alejandra Sepúlveda.
El proyecto fue refundido con una moción similar presentada por el parlamentario Alberto Robles.
La moción plantea que la Carta Fundamental dispone en su artículo 1° que el Estado está al servicio de la persona humana y que su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible.
La Constitución -esgrime- también señala que el Estado garantiza como derecho constitucional la libertad del culto, establecido en el artículo 19 número 6.
La diputada Goic explicó que esto implica que se deben adoptar medidas concretas que permitan que el ejercicio de un culto se desarrolle armónicamente, otorgando con ello oportunidades de crecimiento a cada uno de sus miembros.
Señaló que la libertad de culto significa, además, su ejercicio sin discriminaciones, lo que obliga a encarar el hecho de que la Iglesia Católica detenta lo suyo, sin embargo, la iglesia evangélica no.
Fuente: Prensa Austral